Operadores de drones, actualizados con la nueva Ley Europea




Operadores de drones, actualizados con la nueva Ley Europea

Desde el pasado 1 de Enero de 2021, todos los pilotos (profesionales y amateurs) de UAS deben registrarse como Operadores de UAS en la sede electrónica de #AESA #TECHDRONE #EmpresasProfesionalesUAS

Ley Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión, de 24 de mayo de 2019

Extracto:

2. Los sistemas de registro de los operadores de UAS comprenderán campos para la introducción y el intercambio de la información siguiente:

  1. a) el nombre completo y la fecha de nacimiento de las personas físicas y el número de identificación de las personas jurídicas;
  2. b) la dirección de los operadores de UAS;
  3. c) su dirección de correo electrónico y su número de teléfono;
  4. d) un número de póliza de seguro de UAS si así lo exige la legislación de la Unión o la legislación nacional;
  5. e) la confirmación por parte de las personas jurídicas de la declaración siguiente: «Todo el personal que participa directamente en las operaciones tiene las competencias adecuadas para realizar sus tareas, y el UAS será pilotado únicamente por pilotos a distancia con el nivel de competencia adecuado»;
  6. f) las autorizaciones operacionales y los LUC de que se disponga y las declaraciones seguidas de una confirmación con arreglo al artículo 12, apartado 5, letra b).